Condiciones de salida para personas con discapacidad en estado de alarma

El confinamiento debido a la crisis del COVID-19 ha tenido un impacto directo en la vida de todos los ciudadanos, limitando estrictamente la movilidad. Sin embargo, existen excepciones que permiten salir del hogar para atender necesidades esenciales como acudir a citas médicas ineludibles, realizar compras de primera necesidad o pasear a mascotas. Dentro de este marco, surge una pregunta importante: ¿Cómo afecta esta situación a las personas con discapacidad o en sillas de ruedas?

Excepciones a las restricciones de movilidad

Situaciones generales permitidas

Durante el estado de alarma, el gobierno estableció algunas excepciones a las restricciones de movilidad. Estas incluyen:

  • Asistencia médica: Acudir a hospitales, centros de salud u otras citas médicas esenciales.
  • Adquisición de bienes básicos: Ir a supermercados, farmacias o establecimientos de primera necesidad.
  • Paseo de animales: Sacar a pasear a las mascotas por un periodo breve y en proximidad al domicilio.
  • Motivos laborales o de fuerza mayor: Desplazamientos estrictamente necesarios por trabajo o emergencias.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de la salud pública con las necesidades individuales. Sin embargo, las personas con discapacidad enfrentan retos específicos que requieren consideración adicional.

Salidas permitidas para personas con discapacidad

Marco legal y disposiciones iniciales

El 20 de marzo, el gobierno publicó una orden ministerial que permite a las personas con discapacidad realizar salidas controladas. Esta medida tiene como objetivo evitar que el confinamiento agrave alteraciones conductuales o afecte negativamente la salud física y mental de estas personas. La orden especifica:

  • Beneficiarios: Personas con discapacidad reconocida que presenten alteraciones conductuales.
  • Condiciones: Las salidas deben realizarse respetando las medidas de seguridad establecidas para prevenir el contagio.
  • Acompañamiento: Se permite que estas personas vayan acompañadas si lo requieren.

Alteraciones conductuales contempladas

Entre las alteraciones conductuales mencionadas se incluyen:

  • Trastornos del espectro autista (TEA): Las personas con TEA pueden necesitar salidas controladas para evitar episodios de estrés o crisis emocionales.
  • Conductas disruptivas: Otras condiciones que involucren alteraciones graves del comportamiento también se contemplan en esta medida.

Certificados y prescripciones médicas

Aunque la orden no especifica la obligatoriedad de portar un certificado de discapacidad, se recomienda:

  • Certificado de discapacidad: Para quienes disponen de él, llevarlo consigo durante las salidas.
  • Prescripción médica: En ausencia de un certificado, una prescripción de un profesional sanitario debería ser suficiente para justificar la necesidad de salir.

Según el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), no todas las personas con necesidades especiales tienen una discapacidad reconocida oficialmente. Por ello, es fundamental que la medida también ampare a quienes presenten condiciones justificadas por un médico.

Recomendaciones para las personas con discapacidad

Documentación recomendada

Para evitar inconvenientes con las autoridades, CERMI sugiere:

  1. Llevar copia de la orden ministerial: Una versión impresa de la normativa vigente puede ser útil en caso de requerir explicaciones.
  2. Portar identificación y justificantes: Incluyendo certificados de discapacidad o prescripciones médicas que avalen la necesidad de la salida.

Medidas de seguridad

Durante las salidas, es crucial seguir las medidas preventivas para minimizar el riesgo de contagio:

  • Uso de mascarillas: Siempre que sea posible, aunque algunas personas con discapacidad están exentas por razones médicas.
  • Distancia social: Mantener una separación de al menos dos metros de otras personas.
  • Higiene de manos: Usar gel desinfectante o lavarse las manos antes y después de salir.

Papel de los acompañantes

Cuando sea necesario, los acompañantes deben:

  • Velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad.
  • Facilitar el desplazamiento y la comodidad de la persona con discapacidad.

Flexibilidad en la aplicación de las medidas

Interpretación médica

Aunque inicialmente la normativa parece dirigida a casos específicos, la posibilidad de ampliarla a otros colectivos depende de la valoración de profesionales sanitarios. Estos pueden determinar si el confinamiento afecta negativamente a la salud de personas con otras discapacidades o condiciones.

Casos no contemplados

La falta de reconocimiento oficial de una discapacidad no debería ser un impedimento para que una persona acceda a estas excepciones. Un médico especialista puede emitir una justificación basada en:

  • Condiciones psicofísicas agravadas por el confinamiento.
  • Riesgo de deterioro en la salud mental o física.

Conclusión

La medida adoptada por el gobierno durante el estado de alarma busca proteger a las personas con discapacidad frente a las consecuencias negativas del confinamiento. Aunque existen ciertos vacíos legales, como la obligatoriedad de portar un certificado de discapacidad, se fomenta la inclusión de todas las personas que puedan justificar su necesidad de salir. La participación activa de los profesionales sanitarios y el apoyo de organizaciones como CERMI son fundamentales para garantizar que nadie quede excluido.

En definitiva, estas excepciones representan un paso importante hacia la adaptación de las normativas generales a las necesidades específicas de colectivos vulnerables. Sin embargo, es crucial seguir trabajando para ampliar el alcance de estas medidas y ofrecer un respaldo claro y accesible para quienes lo necesiten.

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