LEGISLACIÓN SOBRE SILLAS DE RUEDAS CON MOTOR ELÉCTRICO

Legislación sobre sillas de ruedas con motor eléctrico las sillas de ruedas con motor eléctrico o también llamadas sillas de ruedas eléctricas, son actualmente las sillas más demandadas para las personas con alguna discapacidad temporal o permanente. Ya que son muy útiles en los usuarios que se han visto con la necesidad de utilizar las sillas por su discapacidad. Las sillas de rueda eléctricas le han sido muy útiles a los usuarios ya que con la silla manual  se cansan en exceso al utilizar la silla .

Aunque su precio sea un poco más elevado que el de la silla manual. Muchas personas las prefieren frente a las manuales, por muchos contrapuntos: más facilidad, más rapidez, más comodidad y menos esfuerzo al no tener que empujar con los brazos nos ahorra el esfuerzo.

Es por ello que hoy os queremos solucionar una duda que tienen muchas personas al comprarse una silla de ruedas eléctrica. ¿Es necesario tener un permiso de circulación?, ¿puedes moverte por aceras peatonales?, o ¿Se necesita un seguro para usarlo?.

  • ¿POR DÓNDE PUEDO TRANSITAR?

Al creer que disponer de un motor, sería lógico tratarlo como un vehículo, pero según lo que establece el Anexo I de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La persona que circule en una silla de ruedas con o sin motor es considerado un peatón y no un conductor esta respondemos la pregunta  de ¿puedes moverte por aceras peatonales?.

Pero, ¿sería correcto transitar por la acera? La respuesta es sí, es más estarías obligado a ir por la zona peatonal. Eso sí, cuando la zona peatonal no esté adaptada para una silla de ruedas, podrás transitar por el arcén o calzada sin entorpecer a otros vehículos, y siempre circulando en la zona derecha, obedeciendo las señales generales de los demás conductores. Pero queda prohibida su circulación en autopistas y autovías.

Un detalle a tener en cuenta, es que si la persona que utiliza la silla de ruedas eléctrica no es discapacitada, se le considera un conductor y no un peatón, por lo que tendría prohibido circular por la acera o zona peatonal.

Recuerda que está absolutamente prohibido circular por autovías y autopistas en sillas de ruedas eléctricas al ser extremadamente peligroso tanto para el usuario de la silla de ruedas como para el resto de la circulación.

  • ¿ES NECESARIO UN PERMISO DE CIRCULACIÓN O SEGURO?

Al ser una silla de ruedas, está clasificada como material sanitario y no como un vehículo. Aunque disponga de un motor eléctrico. No necesita permiso de circulación ni seguro obligatorio. Aunque en este último caso puede contratar uno de forma voluntaria.

Pero pueden hacerle una prueba de alcoholemia. Si el agente lo determina dada las circunstancias  en el caso de estar implicado en un accidente. Desde tiendas ortopédicas  estamos especialistas en todo tipo de productos de ortopedia, contamos con alquiler de ciertos productos ortopédicos cómo sillas de ruedas, andadores o camas articulares.

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